Diputada loca Julieta Fernández |
*NUNCA SE CONFORMO LA COMISION INTERINSTITUCIONAL PARA LA PREVENCION Y
EL COMBATE DE TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO
Laura Sánchez Granados
La diputada local Julieta Fernández
Márquez lamenta que en Guerrero no exista ningún programa integral ni
presupuesto suficiente encaminado a la prevención y atención del abuso de los
menores, denunció que actualmente en muchas regiones del estado las niñas
sufren violencia, esclavitud y abuso sexual, aclaró que ningún uso o costumbre
de los pueblos indígenas deben estar por encima de la ley, del respeto o la
dignidad de los derechos humanos.
Exigió a los gobiernos del estado
y municipales garantizar que se aplique la ley realizando acciones encaminadas
primeramente a prevenir la violencia contra los niños y niñas y en caso de que
se presenten abusos, garantiza la atención y protección de los menores.
Aseguró que un niño que llega
violada a un centro de salud o un niño que llega a la policía preventiva porque
fue maltratado, no encuentran en ninguna instancia la atención debida.
También señaló que el 14 de abril
del 2011 el Congreso del Estado aprobó la Ley Número 761 para Prevenir,
Combatir y Sancionar la Trata de Personas en Guerrero y que en los primeros
sesenta días contados a partir de que entro en vigor dicho ordenamiento se
tenía que haber conformado la Comisión Interinstitucional para la prevención y
combate de trata de personas en Guerrero.
Sin embargo a la fecha no se
tiene conocimiento que este importante órgano colegiado se haya constituido en
el seno de la Administración Pública estatal, tampoco se tiene conocimiento de
que el Poder Ejecutivo haya remitido al Congreso el informe anual de los
resultados obtenidos en la ejecución del Programa.
Ante todas estas irregularidades
y omisiones hace un llamado urgente la diputada Julieta Fernández por lo que
presentó este punto de acuerdo para exigir su cumplimiento.
Exhorta al Gobernador de Guerrero
Angel Aguirre Rivero para que instruya a quien corresponda para que se
constituya formalmente la Comisión Interinstitucional Para la Prevención y el
Combate de Trata de Personas en el Estado, prevista en el titulo Cuarto de la
ley de la materia Número 761.
Esta deberá contener como lo marca
la ley la información, las acciones específicas que realizaron las diversas
dependencias con relación a la prevención.
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