Durante la Cuarta Sesión Extraordinaria del Instituto Electoral y de
Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC), el consejo general
formuló la resolución 008/SE/18-08-2014 relativa a la aprobación de los
dictámenes emitidos de forma conjunta por la Comisión de Organización Electoral
y la Junta Estatal, respecto a los resultados de la evaluación del desempeño
realizada a los Consejeros y Presidentes de los 28 Consejos Distritales
Electorales que participaron en el Proceso Electoral ordinario de Ayuntamiento
y Diputados 2012.
Cabe señalar que los resultados
de la evaluación no tendrán vinculación alguna con el derecho que tiene cada
uno de los evaluados para poder participar en el procedimiento para la
selección de Consejeros Distritales Electorales.
Por otro lado, el Consejo General
aprobó la resolución 002/CPPP/18-08-2014 en donde ratifica no otorgar el
registro a la organización política denominada “Partido de los Pobres de Guerrero”
en virtud de que dicha organización no cumple el mínimo de asambleas requeridas
por el artículo 32 fracción I de la Ley de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Guerrero, toda vez que solo pudo acreditar que en 28
asambleas de las 30 requeridas asistieron al menos 200 afiliados inscritos en
la Lista Nominal al día en que éstas se celebraron.
Aunado a esto, otras deficiencias fueron
detectadas durante su Asamblea Estatal Constitutiva a la que solo asistieron 23
delegados de los 30 necesarios para que dicha asamblea pudiera considerarse
válida; en tanto que sus estatutos omiten diversas disposiciones relativas a
los derechos de sus militantes e incluso limita derechos fundamentales como la
libertad de expresión y el derecho a la información.
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