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APROBÓ EL IEPCGRO EL REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN DE DEBATES PÚBLICOS ENTRE CANDIDATURAS

Chilpancingo, Gro., 19 de marzo de 2021.- En el marco del Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), celebró su Novena Sesión Extraordinaria, de manera virtual, en la que se aprobó el Reglamento para la Organización de los Debates Públicos. Atendiendo a las reglas para la elaboración o actualización de la normativa interna de este organismo electoral, se consideró pertinente la abrogación del Reglamento para la Organización de Debates Públicos vigente, debido a que las modificaciones impactan en más de un 50% de su articulado, razón por la cual se propuso la emisión de un nuevo Reglamento, que tiene como propósito establecer un marco legal que regule la organización, realización y difusión de los debates públicos a los cargos de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Presidencias Municipales, observando los principios de equidad y trato igualitario, a fin de que las candidatas y los candidatos expongan y confronten entre sí sus propuestas, planteamientos y plataformas electorales, para efecto de difundirlos como parte de un ejercicio democrático. Se destacó que el IEPCGRO organizará, de manera obligatoria, dos debates entre las candidaturas a la Gubernatura del Estado, y promoverá la celebración de debates entre candidaturas a Diputaciones Locales y Presidencias Municipales. Asimismo, los medios de comunicación nacional y local podrán organizar libremente debates entre candidatas y candidatos, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Durante esta sesión extraordinaria también se aprobaron las reglas a que se sujetarán los medios de comunicación nacionales y locales, las instituciones académicas, la sociedad civil, así como cualquier otra persona física o moral, que deseen realiza debates públicos entre las candidaturas de elección popular durante el actual Proceso Electoral, entre las cuales se destacan comunicar su intención al IEPCGRO con diez días de anticipación a la fecha programada para su realización, en los debates que organicen tendrán que participar, por lo menos, dos candidatas o candidatos de la misma elección y deben establecer condiciones de equidad en el formato; además, deberán mostrar evidencia documental que acredite la invitación dirigida a todas las candidatas y todos los candidatos debidamente registrados de la elección de que se trate, entre otras reglas. Asimismo, se aprobó el acuerdo por el que se da respuesta a la solicitud presentada por la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG) relativa a la postulación exclusiva de mujeres como candidatas a la representación del H. Congreso del Estado de Guerrero, en el Distrito Electoral 14, con sede en Ayutla de los Libres, Guerrero, para participar en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021. Se respondió que la postulación de candidaturas a Diputaciones Locales por el Principio de Mayoría Relativa, en términos de la normativa electoral vigente, corresponde a los partidos políticos, así como a las y los ciudadanos a través de la vía de candidaturas independientes; por tal motivo, serán ellos quienes de acuerdo a su vida interna y a la autoorganización, decidirán el género a postular en los diversos distritos electorales que comprenden la entidad para garantizar el principio de paridad de género, con la única limitante de que no podrán postular mujeres en los distritos en los que los partidos políticos hayan obtenido el menor porcentaje de votación en el proceso electoral anterior; no es óbice a lo anterior que los Lineamientos estipulan que en los distintos bloques de votación los partidos políticos definirán los distritos y municipios que le corresponderá a cada género en el orden que deseen siempre y cuando por cada bloque se cumpla con el cincuenta por ciento de candidaturas de mujeres. Finalmente, se ratificó la excepción al procedimiento de Licitación Pública Nacional para la contratación del Servicio de impresión de la documentación electoral sin emblemas, para el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021.

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