Chilpancingo, Gro., 30 de octubre de 2024.- Para incrementar la penalidad hasta 18 años de prisión contra quienes cometan el delito de pornografía infantil y abuso sexual de menores, la diputada Diana Bernabé Vega propuso reformas y adiciones al Código Penal del Estado.
En su propuesta, la legisladora integrante
del Grupo Parlamentario de Morena expuso que si bien es cierto que existen
leyes vigentes destinadas a combatir la pornografía infantil, el avance
constante de la tecnología ha dejado obsoletas muchas disposiciones legales,
por ello la necesidad de adecuarlas a los tiempos actuales.
Refirió que de
acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2022 se
registraron 15 mil 100 casos de delitos contra la libertad y la seguridad
sexual de menores de edad, de los cuales 10 mil 300 fueron pornografía
infantil.
La diputada
mencionó que la pandemia por el Covid-19 aumentó el consumo de esta práctica
ilícita, ubicando a México en el primer lugar de violencia sexual contra niñas,
niños y adolescentes, según informes de la Organización para la Cooperación y
el Desarrollo Económico (OCDE).
“La situación
es tan alarmante que la OCDE sitúa a nuestro país en el primer lugar en
elaboración y distribución de pornografía infantil, abuso sexual, explotación,
homicidios y trata de menores de edad, y de cada mil casos de abuso sexual
infantil y sus modalidades, sólo se denuncian aproximadamente 100, diez de los
cuales llegan ante un juez y sólo el 1 por ciento de los imputados es
condenado”, subrayó.
Abundó que la
pornografía infantil trae consecuencias muy serias en los niños explotados,
quienes sufren un trauma psicológico significativo, hecho por el cual es
necesario penalizarla de manera ejemplar, como un acto de justicia hacia los
menores, y para la construcción de una sociedad más segura, justa y respetuosa
con los derechos fundamentales de cada individuo.
La iniciativa plantea
reformar el último párrafo del artículo 173 del Código Penal del Estado para
aumentar la pena de 12 a 18 años de prisión y de mil 200 a mil 600 días de
multa al sujeto activo que cometa el delito de pornografía infantil.
Asimismo,
plantea adicionar un párrafo al mismo artículo para establecer que la pena
prevista aumente hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima
perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
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