Declara el TEEGRO la existencia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en contra de una diputada local
Jorge Balvanera
Chilpancingo, Gro., a 15 de noviembre del 2024.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero aprobó por unanimidad de votos declarar la existencia de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPRG) atribuida a Pedro Segura Valladares en contra de una diputada local.
Asimismo, se le ordenó abstenerse de realizar acciones u omisiones que tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño, perjuicio u obstaculizar el ejercicio del cargo de la diputada Leticia Mosso Hernández.
En la Octogésima Octava Sesión Pública de Resolución, el Pleno declaró la existencia de VPRG en contra de la diputada local y determinó imponer como sanción al infractor, una multa de cien (100) veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a la cantidad de $10,857.00, ello al haberse calificado la conducta como grave ordinaria.
Así también, como medidas de reparación ordenó al denunciado se abstenga de realizar acciones u omisiones que de manera directa o indirecta tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño, perjuicio u obstaculizar el ejercicio del cargo de Leticia Mosso Hernández; realice la eliminación del video publicado desde su perfil personal en una red social y lo conminó a evitar obstaculizar, invisibilizar y realizar expresiones que reproduzcan estereotipos en contra de la denunciante.
De igual forma ordenó al Instituto Electoral local, realice la inscripción del infractor en el registro de personas agresoras por un plazo de seis meses.
En la sesión ordinaria, el Pleno del TEEGRO, dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia emitida en el expediente SCM-JDC-2067/2024 de la Sala Regional Ciudad de México, en la que se acreditó la existencia de las publicaciones que contiene los videos denunciados, de la ciudadana Leticia Mosso Hernández, quien en la época de los hechos contaba con la calidad de Diputada Local y candidata en vía de reelección por el mismo cargo.
Ello al considerar que las expresiones realizadas por el denunciado constituyen violencia simbólica, toda vez que, en los mensajes, que fueron abiertos y diridigidos a la ciudadanía en general, el denunciado se dirige a la denunciante de manera despectiva, con términos que sugieren que su participación política o pública es secundaria y dependiente de su esposo; además de que, evidencian roles y estereotipos de género, reflejando su visión machista donde las mujeres no pertenecen a la esfera pública y política sino a la privada.
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